SIL SEGOB


Cuenta Pública
 
Compilación de información anualizada (del 1° de enero al 31 de diciembre de cada año) de carácter contable, presupuestario y programático, que permite tanto a los entes públicos responsables de la operación, como a los entes fiscalizadores, académicos y ciudadanos en general, contar con información de la evolución de los recursos públicos, fortaleciendo la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión pública.

La Cuenta Pública del Gobierno Federal es formulada por la Secretaría de Hacienda y contiene información organizada por dependencia y entidad, en materia: contable, presupuestaria y programática, así como un análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual: a) ingresos presupuestarios; b) gastos presupuestarios; c) postura fiscal; y d) deuda pública.

La integración de la Cuenta Pública es resultado de los trabajos coordinados entre los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, los órganos autónomos, las entidades del sector paraestatal, así como las empresas productivas del Estado. Su contenido incluye también la atención de las recomendaciones formuladas por la Auditoría Superior de la Federación.

La Cámara de Diputados, a través de la Auditoría Superior de la Federación, revisa anualmente la Cuenta Pública del Gobierno Federal. La recibe a más tardar el 30 de abril de cada año y presenta el Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública a la Comisión de Vigilancia de la ASF a más tardar el 20 de febrero del año siguiente. Posteriormente, la Comisión de Vigilancia envía un informe a la Comisión de Presupuesto a más tardar el 30 de mayo del mismo año.
 
 Fuente(s):
  • Arts. 73, 74, 79, 117 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Arts. 29, 45 y 51 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Arts. 80, 163, del 222 al 229 y 258 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
  • Arts. 4, 46, 52 y 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
  • http://cuentapublica.hacienda.gob.mx/